SAP Lleida 98/2001, 21 de Febrero de 2001

PonenteALBERT MONTELL GARCIA
ECLIES:APL:2001:137
Número de Recurso537/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución98/2001
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª

D. ALBERT GUILANYÀ FOIXD. ALBERT MONTELL GARCÍAD. ANTONI VAQUER ALOY

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE LLEIDA

SECCION SEGUNDA

ROLLO APELACION CIVIL 537/2000

Verbal automovil num. L.O. 3/89, num. 386/98, Lleida- 6

SENTENCIA nº 98/01

Ilmos./as. Sres./as.

PRESIDENTE

ALBERT GUILANYÀ FOIX

MAGISTRADOS:

ALBERT MONTELL GARCÍA

ANTONI VAQUER ALOY

En Lleida, a veintiuno de febrero de dos mil uno

La Sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituída por los señores anotados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio Verbal nº 386/98 seguidos ante el Juzgado de primera instancia e instrucción de Lleida num. 6, rollo de Sala número 537/2000 , en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 1 de septiembre de 2000 dictada en el referido procedimiento. Es apelante, Carlos José , representado por la Procuradora Sra. Altisent y dirigido por el Letrado D/Dª Josep Mª. Bonjorn Cuñat. Son apelados: Simón , representado por la Procuradora Sra. Echauz y dirigido por la Letrado Sra. Sara Bonet Poch, CIA SEGUROS ATHENA, representada por la Procuradora Sra. Ferre y dirigida por el Letrado Sr. Jose Luis De la Mano, y el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, representado y dirigido por el Abogado del Estado y Jesús Carlos , en situación procesal de rebeldia. Es ponente de esta sentencia el Magistrado ALBERT MONTELL GARCÍA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "FALLO.-... HE RESUELTO: Estimar parcialmente la demanda formulada por el/la Procurador/a Sr/a Echauz en representación de Simón contra Jesús Carlos y contra el Consorcio de Compensación de Seguros, condenado a éstos demandados a que conjunta y solidariamente abonen al actor la cantidad de 1.267.531 pesetas sin el incremento de los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley del Contrato del Seguro y estimar parcialmente la demanda formulada por el/la Procurador/a Sr/a. Altisent en representación de Carlos José contra Jesús Carlos y contra el Consorcio de Compensación de Seguros condenado a estos demandados a que conjunta y solidariamente abonen al actor la cantidad de 208.936 pesetas sin el incremento de los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas... "

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, la actora, Carlos José formalizó recurso de apelación, que el Juzgado admitió en ambos efectos y dio traslado del mismo a la otra parte, que lo impugnó. A continuación, remitió los autos a esta Audiencia, Sección segunda.

TERCERO

Una vez recibidos los autos, el Tribunal acordó formar rollo y designó Magistrado ponente, al que se entregaron las actuaciones para que, previa deliberación, propusiera a la Sala la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales esenciales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto debe ser estimado en lo concerniente a la condena al pago que se efectúa de Jesús Carlos , de forma conjunta y solidaria con el Consorcio de Compensación de Seguros, toda vez que dicho pronunciamiento adolece del error de aplicar al Sr. Jesús Carlos la franquícia legal que está establecida para el Consorcio con respecto a los daños materiales producidos por vehículo carente de seguro obligatorio. Dicha franquícia, evidentemente, es solo aplicable al Consorcio, sin que pueda extenderse a la persona física causante del daño quien debe indemnizar en la totalidad del perjudicio causado.

SEGUNDO

Con respecto a la aplicabilidad de los intereses del art. 20 de la Ley del...

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