SAP Madrid 176/2007, 6 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2007:210 |
Número de Recurso | 833/2006 |
Número de Resolución | 176/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00176/2007
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 833 /2006
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 35 /2006
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 5 de MAJADAHONDA
PONENTE: ILMA. SRA. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
APELANTE: CONSTRUCCIONES ROMEA ANADON S.L.
PROCURADOR: ALBERTO HIDALGO MARTÍNEZ
APELADO: Hugo
PROCURADOR: MIGUEL ANGEL HEREDERO SUERO
En MADRID, a seis de marzo de dos mil siete.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante CONSTRUCCIONES ROMEA ANADON, S.L. representada por el Procurador Sr. Hidalgo Martínez y de otra, como apelado demandado D. Hugo representado por el Procurador Sr. Heredero Suero, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente la Ilam. Sra. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Majadahonda, en fecha 7 de julio de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de Construcciones Anadón Romea, S.L contra don Hugo, debo condenar y condeno al referido demandado a abonar a al actora la cantidad de QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (595,44€) con los intereses moratorios procesales, y sin formular expresa imposición de costas.
Dedúzcase testimonio de esta resolución para su unión a los autos, guardando el original en el Libro de Autos y Sentencias Definitivas de ste Juzgado.".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 27 de febrero de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso, en tanto no se opongan a los que siguen.
Alega la parte apelante como motivos en los que funda su recurso, en primer lugar que la consecuencia natural de la aplicación del artículo 1.101 del Código Civil, debe ser la indemnización de los daños y perjuicios causados al demandante, y derivados de la actuación negligente del Notario demandado. Y por ello en contra de lo considerado por la resolución de instancia, si deben ser reconocidos a favor de esta parte los conceptos de Honorarios de Abogado y Procurador devengados por la tramitación del procedimiento de nulidad de la escritura y del juicio verbal contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en tanto si existe una relación directa causa-efecto entre la...
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ATS, 12 de Mayo de 2009
...marzo de 2007, y aclarada por Auto de 23 de abril de 2007 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18ª ), en el rollo de apelación nº 833/2006, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 35/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de - Mediante Providencia de fecha 13 de junio de......