SAP Asturias 165/2006, 29 de Junio de 2006
Ponente | JULIO GARCIA-BRAGA PUMARADA |
ECLI | ES:APO:2006:1619 |
Número de Recurso | 126/2006 |
Número de Resolución | 165/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª |
JULIO GARCIA-BRAGA PUMARADAMARIA COVADONGA VAZQUEZ LLORENSMARIA LUISA BARRIO BERNARDO-RUA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
OVIEDO
SENTENCIA: 00165/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO
Sección nº 002
Rollo: 126/2006
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de LANGREO
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000019 /2006
SENTENCIA Nº 165
PRESIDENTE ILMO. SR.
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JULIO GARCIA BRAGA PUMARADA
MAGISTRADOS ILMAS. SRAS.
Dª COVADONGA VAZQUEZ LLORENS
Dª Mª LUISA BARRIO BERNARDO RÚA
En OVIEDO, a veintinueve de Junio de dos mil seis.
VISTOS en grado de apelación por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, constituida por los Sres. del margen, los presentes autos de Procedimiento Abreviado, seguidos con el nº 19/06 en el Juzgado de lo Penal de Langreo , (Rollo de Sala nº 126/06), en los que aparece como apelante Salvador, representado por la Procuradora Dª ENCARNACION SENDRA RIERA, bajo la dirección del Letrado D. PEDRO MONZON SANCHEZ y como apelados EL MINISTERIO FISCAL; Inmaculada Y Consuelo, ambos representados por la Procuradora Dª AURELIA SUAREZ ANDREU, bajo la dirección del Letrado D. LUIS PALACIOS AGÜERIA; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. JULIO GARCIA BRAGA PUMARADA, procede dictar sentencia fundada en los siguientes
En el Procedimiento Abreviado expresado de dicho Juzgado de lo Penal se dictó sentencia en fecha 5 de Abril de 2006 , cuya parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que, concurriendo la agravante de reincidencia, debo condenar y condeno al acusado, Salvador, como autor responsable de un delito de abandono de familia, a la pena de DIECISEIS ARRESTOS DE FIN DE SEMANA, abono de las costas, incluidas las de la acusación particular, y a que indemnice a Inmaculada en la cantidad de 3.305,82 euros, y a Consuelo en 17.579,60 euros, con los intereses legales del art. 576.1 de la L.E.Civil ".
Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el antedicho recurrente fundado en los motivos que en el correspondiente escrito se insertan y, tramitado con arreglo a derecho se remitieron los autos a esta Audiencia donde, turnados a su Sección 2ª se ordenó traerlos a la vista para deliberación y votación el pasado día 26 de Junio del corriente año, conforme al régimen de señalamientos.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada y, entre ellos, la DECLARACIÓN DE HECHOS PROBADOS, que se da aquí por reproducida.
Por la representación del recurrente se impugna la sentencia de instancia que le condena como autor criminalmente responsable de un delito de abandono de familia y tras alegar error en la apreciación de la prueba interesa el que con expresa revocación de la misma, se dicte otra resolución en la que con carácter principal se absuelva a su representado de dicho delito.
En relación a la infracción del art. 227 del Código Penal como esta misma Sala ha tenido ocasión de declarar en Sentencias nº 116/04 de 25 de Marzo; 293/04 de 21 de Octubre, 109/05 de 7 de Abril y 295/05 de 20 de Octubre , son elementos típicos de dicha figura delictiva:
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En cuanto al tipo objetivo: 1) la existencia de una resolución judicial o de un convenio aprobado judicialmente que establezca cualquier tipo de prestación económica a cargo de un cónyuge y a favor de otro cónyuge o sus hijos; así como cualquier otra prestación económica establecida de forma conjunta o...
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