AAP Madrid 395/2003, 25 de Septiembre de 2003

ECLIES:APM:2003:10323
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución395/2003
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00395/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Primera

ROLLO DE APELACIÓN Nº 252-03

PROCEDENTE DE JUZGADO PENAL 17 MADRID

JUICIO ORAL 487-02

SENTENCIA Nº 395

ILTMOS. SRES:

PRESIDENTE

Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA

MAGISTRADOS

Dª CONSUELO ROMERA VAQUERO

D. JOSE DE LA MATA AMAYA

En Madrid a 25 de Septiembre de 2.003

VISTOS en segunda instancia, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, los presentes autos de Procedimiento Abreviado Rollo nº 252-03 procedentes del Juzgado de lo Penal 17 de Madrid por presunto delito de lesiones contra Olga , representada por la procuradora Sra. Clemente Mármol; es parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Expresa el parecer de la Sala como ponente Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 17 de Madrid se dictó con fecha 13 de febrero de 2003 sentencia, cuya parte dispositiva dice textualmente: "Que debo condenar y condeno a la acusada Olga como autora penalmente responsable de las siguientes infracciones: A) un delito de maltrato habitual y B) tres faltas de lesiones con la agravante de parentesco; a las penas siguientes: A) seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Por cada una de las faltas del apartado B) seis fines de semana de arresto, pago de costas procesales y que indemnice a Gerardo en la cantidad de 2.000 euros por las lesiones causadas".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de Olga en base a los motivos que en el correspondiente escrito se indican y que serán objeto del fondo del recurso.

TERCERO

Elevados los autos a esta Audiencia, se dio traslado de los mismos a la Magis-- trada Ponente a los efectos de acordar sobre la procedencia de celebrar vista y, en su caso, sobre la práctica de la prueba propuesta.

CUARTO

No estimándose necesaria la vista oral, quedaron los autos vistos para sentencia.

Se dan por reproducidos los Antecedentes de la sentencia Apelada.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La apelante solicita la revocación parcial de la sentencia, en lo relativo al delito de maltrato habitual por el que ha sido condenada y respecto del que...

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