SAP Almería 12/2007, 15 de Enero de 2007

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2007:87
Número de Recurso16/2006
Número de Resolución12/2007
Fecha de Resolución15 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

S E N T E N C I A NUM: 12 / 2007

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARAICIO

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

JUZGADO INSTRUCCIÓN Nº 4 de Almería

ROLLO DE SALA Nº 16 de 2006

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 361 de 2005

PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 166 de 2005

En Almería, a quince de enero de dos mil siete

Vista en juicio oral y público ante la Sección Segunda de esta Audiencia la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Almería, seguida por el delito contra la salud pública, contra la acusada Mercedes, D. N. I. nº NUM000, hija de Gabriel y de Elvira, nacida el 24 de marzo de 1932, natural de Fondón y vecina de Almería, sin profesión, con instrucción, con antecedentes penales, solvente, en provisional por esta causa de la que no consta haya estado privada, representada por la Procuradora Dña. Concepción Murcia Ocaña y defendida por el letrado D. Francisco Campra Madrid, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa fue incoada en virtud de atestado instruido por la Comisaría de Policía. Practicada la correspondiente investigación judicial, dio el Juzgado traslado al Ministerio Fiscal que solicitó la apertura del juicio oral y formuló acusación contra la anteriormente circunstanciada.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en esta Sala, se señaló día para juicio, acto que tuvo lugar el día 11 de enero de 2007en forma oral y pública con la asistencia del representante del Ministerio Fiscal, de la acusada y de su defensor, practicándose las pruebas propuestas y dándose cumplimiento a todas las formalidades legales.

TERCERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública comprendido en el artículo del Código Penal 368 y reputando responsable del mismo en concepto de autor a la referida acusada y con la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal 8ª del art. 22 de igual texto legal, solicitó se impusiera la pena de 7 años de prisión, con las accesorias correspondientes, multa de 300 € con arresto sustitutorio de 40 días, si procediera, comiso de la sustancia y dinero intervenido y pago de costas.

CUARTO

La defensa del acusado en sus conclusiones también definitivas interesó la libre absolución de su patrocinada.

Probado y así se declara la Brigada de la Policía Judicial de la Unidad de Droga de la Comisaría de Policía de Almería estableció un dispositivo de vigilancia y control sobre la calle Valdivia de esta Ciudad, en concreto sobre el inmueble del número 40, donde se venía realizando ventas a pequeña escala de drogas tóxicas a consumidores que acudían al lugar en busca de las misma, dando como resultado que sobre las 7 horas del día 21 de enero de 2005, la acusada Mercedes, mayor de edad salió de su domicilio dirigiéndose a otro inmueble próximo y cuando regresaba, fue interceptarla en la calle, ocupándosele el bolsillo izquierdo de la chaqueta de pijama, 10 bolsitas termoselladas que contenían cocaína con un peso neto de 5´19 gramos, una pureza media del 12´61% y con un valor en el mercado ilícito de 106´51 €.

La acusada que había sido ejecutoriamente condenada en sentencia de 23 de enero de 2003, por un delito contra la salud pública, tenía en su poder la droga para destinarla a la venta, procediendo de esta la cantidad que también se le intervino de 775 €.

III -FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos que...

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