SAP Sevilla 26/2004, 23 de Enero de 2004
ECLI | ES:APSE:2004:293 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 26/2004 |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª |
Rollo 5.871/03
Jdo.Instr.6 Sevilla
P.A. 241/02
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA
SECCION PRIMERA
-SENTENCIA NUM. 26/04-
MAGISTRADOS Ilmos. Srs.
D.MIGUEL CARMONA RUANO
D.PEDRO IZQUIERDO MARTIN
Dª MARIA DEL ROSARIO MARTIN RODRIGUEZ
En la Ciudad de Sevilla a 23 de enero de 2.004.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, compuesta por los citados Magistrados, ha visto en Juicio Oral y público la vista seguida por delito contra la salud pública contra:
Rocío , mayor de edad, nacida el día 30 de octubre de 1.971, hija de Donato y de Frida , natural y vecina de Sevilla, con domicilio en la CALLE000 NUM000 a, D.N.I NUM001 , sin antecedentes penales, declarada insolvente, en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privada desde el día 3 de diciembre de 2.001 hasta el día 4 de diciembre de 2.001, representada por el Procurador D. Zacarías Rodríguez
García, y defendida por el Letrado D. Gonzalo Alvarez de Toledo Gordillo, siendo además parte el Ministerio Fiscal y ponente el Iltmo Sr. D. PEDRO IZQUIERDO MARTIN que expresa el parecer de la Sala.
-ANTECEDENTES DE HECHO-
Las actuaciones se iniciaron por atestado instruido por la Policía Local de Sevilla de fecha 3 de diciembre de 2.001, registradas con el número 7.865.
El Ministerio Fiscal en el acto del Juicio Oral calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública, tipificado y penado en el artículo 368 inciso 1 del Código Penal, considerando responsable del mismo en concepto de autora a la acusada, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante de drogadicción del número 21 2 en relación con el 20 2 del Código Penal, solicitando la pena de tres años de prisión y multa de 125 euros, y la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, costas, y comiso de la droga y dinero intervenido.
La defensa de la acusada en el acto del Juicio Oral elevó a definitivas sus conclusiones solicitando la libre absolución.
En el acto del Juicio Oral se procedió al interrogatorio del acusado, testifical, y documental, con el resultado que consta en autos.
-HECHOS PROBADOS-
UNICO- Apreciando en conciencia la prueba practicada expresa y terminantemente declaramos probado que el día 3 de diciembre de 2.001, siendo aproximadamente las dieciséis treinta horas, Funcionarios de la Policía Local procedieron a la persecución de Rocío , mayor de edad, sin antecedentes penales, que es consumidora de sustancias estupefacientes, cuando esta se encontraba junto a otras tres personas en la calle Juan Pérez Montalbán de Sevilla, logrando...
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