SAP Zaragoza 203/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2007:804
Número de Recurso38/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución203/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00203/2007

SENTENCIA NÚMERO: 203/07

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

  1. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

    Magistrados:

  2. FRANCISCO ACIN GARÓS

    Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

    En ZARAGOZA, a veintisiete de abril de dos mil siete.

    Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación formulado por la parte actora contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 16, de los de Zaragoza, en autos nº 797/06, sobre divorcio, ROLLO DE APELACION NUMERO 38/07, en el que es apelante Dª María Dolores, representada por el Procurador D. Luis Ignacio Ortega Alcubierre y asistida por el Letrado Sr Campos, y apelado D. Cesar, representado por el Procurador D. Luis Ignacio Ortega Alcubierre y asistido por el Letrado D. Horacio Royo Rospir, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y

PRIMERO

Por el Ilmo Sr. Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 16, de los de Zaragoza, se dictó el 9 octubre 2006 sentencia que contiene el siguiente fallo: "Que estimando la demanda de divorcio formulada por la representación de D. Cesar contra su esposa Dª María Dolores, debo declarar y declaro haber lugar a ella, decretando expresamente por esta sentencia el divorcio de ambos litigantes, que se regirá por los mismos efectos establecidos en la anterior sentencia de separación de 26 de mayo de 2003, excepto el 2º y 5º, que en lo sucesivo quedaran así redactados y vigentes:.-2º.- Queda extinguido el derecho de uso de Dª María Dolores respecto a la vivienda familiar sita en C/ DIRECCION000 NUM000, de Pina de Ebro, pudiendo permanecer en la misma hasta la liquidación consorcial, pero sin poder exceder de un años.- 5º.- Se suprime totalmente, quedando sin efecto, las pensiones allí fijadas.- No se hace expresa condena en costas".

SEGUNDO

La representación procesal de la demandada presentó escrito de preparación y, dentro del termino del emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, en el que solicitó se dicte sentencia por la que se revoque la sentencia apelada, se declare su derecho a percibir pensión compensatoria en los mismos términos acordados para la separación y se deje sin efecto la limitación temporal de un año del derecho de uso de la vivienda familiar, o subsidiariamente, si se limita, sea hasta la liquidación efectiva de la sociedad consorcial"; y dado traslado del recurso a la parte actora, presentó escrito de oposición, solicitando la confirmación de la sentencia dictada.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló día para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art 465 LEC.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO ACIN GARÓS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la demandada los pronunciamientos relativos a la pensión compensatoria, que se suprime, y al uso de la vivienda, cuya extinción se declara, aunque permitiéndosele permanecer en ella hasta la liquidación de la sociedad consorcial, sin poder exceder de un año.

SEGUNDO

La supresión de la pensión compensatoria la justifica el Juez de instancia, de un lado, en que, habiéndose dicho en la separación que...

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