SAP Asturias 103/2007, 2 de Mayo de 2007
Ponente | MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES |
ECLI | ES:APO:2007:1261 |
Número de Recurso | 89/2007 |
Número de Resolución | 103/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
OVIEDO
SENTENCIA: 00103/2007
Rollo: 89/07
SENTENCIA Nº 103/07
ILMOS. SRES.:
D. MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES
D. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
Dª ANA ALVAREZ RODRIGUEZ
En OVIEDO, a dos de Mayo de dos mil siete.
Vistas, en grado de apelación, por la Sección Tercera de esa Audiencia Provincial, las Diligencias de Juicio Oral procedentes del Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo, con el nº 196/06-M, (Rollo de Apelación nº 89/07), sobre delito de imprudencia grave, contra Silvio, cuyas demás circunstancias ya constan en las Diligencias, representado en el recurso, en su calidad de apelante, por el Procurador/a Sr/a Serrano Martínez, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a Fernández-Peña Rodríguez, y la entidad MUTUA MADRILEÑA AUTOMIVILISTA, como responsable civil directa, representada en el recurso, en su calidad de apelada, por el Procurador/a Sr/a Lobo Fernández, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a Méndez-Navia Goméz, siendo parte apelante Alfredo, representado en el recurso por el Procurador/a Sr/a Carnero López, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a Álvarez Iglesias, Marí Juana, representado en el recurso por el Procurador/a Sr/a Carnero López, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a Álvarez Iglesias siendo parte apelada, Luisa, representado en el recurso por el Procurador/a Sr/a Carnero López, bajo la dirección del Letrado/a Sr/a Álvarez Iglesias, siendo partes apeladas los mismos, el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D. MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES.
Por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo, se dictó sentencia en las referidas diligencias de fecha 9 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva dice:
FALLO:
"Que debo condenar y condeno a Silvio, como autor de un delito de IMPRUDENCIA GRAVE cometido con vehículo a motor, ya definido, a la pena de 4 MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de 2 AÑOS, al pago de las costas procesales incluidas las de la acusación particular y debiendo indemnizar conjunta y solidariamente con la Compañía de Seguros Mutua Madrileña Automovilista, ésta como responsable civil directa a:
- Luis Andrés en 1.1173,34 euros por los desperfectos del vehículo.
- Marí Juana en 2.400 euros por las lesiones; en 649,57 euros por la pérdida del complemento de productividad; en 634,96 euros por la pérdida de guardias y festivos; y en 116 euros por gastos en fisioterapeuta.
- Luisa, en 1.500 euros por lesiones; declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa FORINOX S.L.".
Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba