SAP Barcelona, 10 de Febrero de 2004
Ponente | MARIA ELENA BOET SERRA |
ECLI | ES:APB:2004:1577 |
Número de Recurso | 872/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 10 de Febrero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
SENTENCIA
Barcelona, 10 de febrero de 2004
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "FALLO: Con desestimación de la demanda interpuesta por el Procurador D. Carlos Vargas Navarro, en nombre representación de Regal Insurance Club y defendido por el letrado D. Esteve Tura Camafeita, contra Dña. Remedios , con domicilio en la CALLE000 nº NUM000 de Mollet del Vallés debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda y con imposición de costas a la actora.
Con estimación de la demandada interpuesta por el D. Carlos Vargas Navarro, en nombre representación de Regal Insurance Club y defendido por el letrado D. Esteve Tura Camafeita, contra D. Rodolfo , con domicilio en la CALLE000 nº NUM000 de Mollet del Vallés y contra Cahispa con domicilio en la calle Roger de Lluria nº 16-18 de Barcelona debo condenar y condeno a D. Rodolfo y Cahispa a pagar a Regal Insurance D. Augusto , de forma solidaria y conjunta, la cantidad de 2.056 EUROS.
Las cantidades a las que ha sido condenada Cahispa se verán incrementadas en un interés equivalelnte al interés legal aumentado en un 50% desde la fecha del accidente, el 21 de junio de 1998 (enconcepto de intereses), aumentadas en un 20% pasados dos años de esa fecha, hasta que sean totalmente satisfechas. Por su parte D. Rodolfo deberá pagar el interés legal, desde la fecha de la demanda. Todo ello con condena en costas a los demandados.
Con desestimación de la demanda interpuesta por el procurador D. Jordi Cot Gargallo, en nombre y representación de D. Rodolfo , contra D. Gustavo , con domicilio en la AVENIDA000 nº NUM001 - NUM002 , NUM003 - NUM004 de Sabadell y contra Regal Insurance, con domicilio en la Avda. Madrid nº 95-97 de Barcelona, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda, con imposición en costas a los actores.
Con estimación parcial de la demanda interpuesta por el Procurador D. Jordi Cot Gargallo, en nombre y representación de D. Rodolfo , contra D. Jesús Luis , con domicilio en la AVENIDA001 nº NUM005 , NUM006 - NUM007 de Mollet del Vallés y contra Eagle Star Seguros Generales SAE (actual Zurich), con domicilio en la Avda. Diagonal nº 431 bis de Barcelona, debo condenar y condeno a los demandados a pagar a D. Rodolfo , de forma conjunta y solidaria, la cantidad de 252,96 euros.
Las cantidades a las que ha sido condenada Zurich se verán incrementadas en un interés equivalente al interés legal aumentado en un 50% desde la fecha del accidente, el 21 de junio de 1998 (en concepto de intereses, aumentadas en un 20% pasados dos años de esa fecha, hasta que sean totalmente satisfechas. Por su parte D. Jesús Luis , deberá pagar el interés legal, desde la fecha de la demanda.Todo ello sin especial pronunciamiento sobre las costas."
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
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