SAP Santa Cruz de Tenerife 85/2007, 7 de Marzo de 2007

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2007:500
Número de Recurso550/2006
Número de Resolución85/2007
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 85.

Rollo n.º 550/06.

Autos n.º 515/06.

Juzgado de 1ª Instancia n.º 5 de La Laguna.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a siete de marzo de dos mil siete.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de La Laguna, en los autos n.º 515/05, seguidos por los trámites del juicio verbal y promovidos, como demandante, por la entidad ZURICH, S.A., que ha comparecido ante este Tribunal representado por el Procurador Don Alejandro Obón Rodríguez y dirigido por el Letrado Don Ricardo Ruiz Arcos, contra la entidad ENDESA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA, S.L.U., que ha comparecido ante este Tribunal representada por el Procurador Don Miguel Rodríguez Berriel y dirigido por el Letrado Don Ernesto Cebrian Domínguez; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrado-Juez Dª. Mercedes Santana Rodríguez dictó sentencia el veinte de septiembre de dos mil seis cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Claudio García del castillo en nombre y representación de Zurich S.A. asistida del Letrado D. Ricardo Ruiz Arcos contra Endesa Unelco S.A. rebelde en estos autos y en su consecuencia debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la cantidad de 672,26 euros de principal, más los intereses legales de esa cantidad desde el momento de presentación de la demanda hasta el completo pago de dicha cantidad y desde la fecha de esta sentencia y a favor del acreedor el interés a que se refiere el art. 576 LEC. En materia de costas procede la condena en esta primera instancia a la demandada vencida».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de dieciocho de diciembre pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente, y, por auto de diecinueve de enero, admitir la prueba propuesta en el escrito de interposición del recurso, y se acordó señalar para la votación y fallo del presente recurso el día veintiocho de enero febrero del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto únicamente se...

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