AAP Madrid 334/2009, 19 de Junio de 2009

PonenteJOSEFINA MOLINA MARIN
ECLIES:APM:2009:11949A
Número de Recurso358/2009
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución334/2009
Fecha de Resolución19 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Diligencias previas nº 1509/2006

Juzgado de Instrucción nº 6 de Collado Villalba

Rollo de Sala nº 358/2009

JOSEFINA MOLINA MARÍN

A U T O Nº 334/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN CUARTA

Ilmos. Srs. Magistrados

D JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

Dª PILAR DE PRADA BENGOA

Dª JOSEFINA MOLINA MARÍN

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil nueve.

H E C H O S
PRIMERO

El Juzgado dictó auto el 17 de octubre de 2008, acordando su continuación por los trámites del procedimiento abreviado "por si los hechos imputados a Julián, Melchor, Roberto y Valentín fueren constitutivos de un presunto delito de PARTICIPACIÓN EN RIÑA TUMULTUARIA.

SEGUNDO

Contra dicha resolución la defensa de Melchor y Valentín, al que se adhirió la defensa de Julián y Roberto, recurso que fue desestimado por auto de 27.11.08 aclarado por otro de 19.12.08 . Contra esta resolución las mismas defensas interpusieron recurso de apelación, que admitido a trámite, se dio traslado al Ministerio Fiscal y demás partes, adhiriéndose parcialmente al recurso el Ministerio Público e impugnándolo la defensa de Valeriano Esteso Parra (representante legal de Miguel Ángel ). Se ha remitido testimonio de particulares a este Tribunal, donde se formó el oportuno rollo de Sala, señalándose el día de hoy para su resolución, siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Suplente Dª JOSEFINA MOLINA MARÍN.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se fundamenta el recurso de apelación en la nulidad del auto que acuerda la continuación de las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado, en primer lugar en la nulidad del mismo por no contener la determinación de los hechos punibles, con infracción de los art. 779.1.4ª y 141 ambos de la LECR, y 238,2 de la LOPJ, en relación con el art. 120.3 y 240 de la LOPJ ; y en segundo lugar, subsidiariamente interesa se acuerde el sobreseimiento y archivo de la causa por la indebida aplicación del art. 154 del CP . El Ministerio Fiscal aunque ha impugnado ambos motivos del recurso, ha solicitado la revocación del mismo a fin de que se practique la declaración como imputado con todas las garantías legales, pues la que consta en la causa se realizó sin asistencia letrada.

SEGUNDO

Como recuerda la STS 656/2007 de 17 de julio "la STS 179/2007 de 7 de marzo, nos dice que el apartado cuarto del numero primero del art. 779 LECR ordena dictar auto que transforme el procedimiento y continúe la tramitación por las normas del Capítulo IV cuando el hecho constituye delito comprendido en el art. 757. La nueva redacción de la LO. 38/2002 establece los extremos que, al menos, debe contener dicho auto: determinación de los hechos punibles y la identificación de las personas imputadas; además ordena que no podrá dictarse tal auto de transformación contra persona a la que no se le haya tomado declaración como...

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