SAP Orense 237/2012, 1 de Junio de 2012
Ponente | ANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE |
ECLI | ES:APOU:2012:518 |
Número de Recurso | 439/2012 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 237/2012 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
OURENSE
SENTENCIA: 00237/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE
Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1
Telf: 988687072/988687068
Fax: 988687075
Modelo: 213100
N.I.G.: 32054 43 2 2007 1008329
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000439 /2012 (0)
Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 2 de OURENSE
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000488 /2010
RECURRENTE: Jose Luis
Procurador/a: MONICA VAZQUEZ BLANCO
Letrado/a: JOSE LUIS FREIJOSO SEIJO
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA Nº 237/2012
---------------------------------------------------------------------------------------------------- -----ILMOS/AS. SRES/SRA.:
Presidenta:
DÑA. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE.
Magistrados/as:
DON MANUEL CID MANZANO.
DÑA. AMPARO LOMO DEL OLMO.
OURENSE a U NO de JUNIO de DOS MIL DOCE.
Vistos, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de OURENSE, sin celebración de vista pública, el Rollo de apelación número 439/2012, relativo al recurso de apelación interpuesto por Jose Luis, representado por la Procuradora DÑA. MÓNICA VÁZQUEZ BLANCO y defendido por el letrado D. JOSÉLUIS FREIJOSO SEIJO contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número Dos de Ourense, en el Procedimiento Abreviado núm. 488/2010, sobre estafa habiendo sido parte en él el mencionado recurrente, como parte recurrida EL MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE.
En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 13 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Jose Luis como autor criminalmente responsable de un delito de ESTAFA del artículo 248 del Código Penal, a la pena de un año y seis meses de prisión, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y a que indemnice en concepto de responsabilidad civil a Dña. Nicolasa en la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA EUROS, que devengará los intereses legales establecidos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; imponiéndole asimismo el pago de las cosas procesales. Del abono de la suma descrita, es responsable subsidiario el representante legal de la Empresa Inmobiliaria BJ sita en calle Parada Justel núm. 2, entresuelo de Ourense".
Y los siguientes HECHOS PROBADOS:
"ÚNICO.- Se consideran acreditados los siguientes hechos: que el día 8 de agosto de 2007, el acusado Jose Luis, con DNI NUM000, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, actuando en representación de Asesores Inmobiliarios B.J., concertó una cita con Nicolasa, con el fin de alquilar un piso sito en la CALLE000 núm. NUM001 - NUM002 de Ourense, propiedad de Berta . Acudieron a ver el inmueble Jose Luis, Nicolasa y Berta . El acusado manifestó a la propietaria que a Nicolasa le gustaba el piso; desconociéndolo la dueña del inmueble, y con ánimo de beneficio injusto, hace creer a la perjudicada que para alquilar el piso mentado, habrá de depositar 430 euros en concepto de reserva, dado que la entrada estaba prevista para septiembre. Nicolasa entrega dicho importe al acusado, y éste le da un recibo; incluso formalizan un contrato de alquiler en la oficina del Sr. Jose Luis, pendiente de la firma de la propietaria, cuya gestión se compromete a llevar a cabo el Sr. Jose Luis .
Al día siguiente, el Sr. Jose Luis llama a la Sra. Berta y le dice que el piso no se va alquilar porque a Nicolasa le parece caro. La propietaria decide bajarle la renta y el acusado queda en llamarles si a Nicolasa le interesa la oferta. Pasan quince días, y al no tener noticias del agente de la inmobiliaria, Berta alquila el piso a otra persona
El día 27 de agosto, a Nicolasa le informan de que el piso descrito fue alquilado a un tercero; comprobada la realidad de los hechos, intenta localizar al acusado en repetidas ocasiones pero éste no le contesta al teléfono; decide interponer una denuncia y dos días después le remite una carta para reclamarle el importe abonado, no obteniendo respuesta alguna" .
Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación...
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